domingo, 22 de octubre de 2017

Reclamar un vuelo retrasado

Cómo hacer una reclamación a una compañía aérea ante un vuelo retrasado.


Normativa:

-Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos (DO L 46, p. 1).  Artículo 7.

-Sentencia del Tribunal de Justicia de 19 de noviembre de 2009, Sturgeon (C‑402/07 et C‑432/07), véase también CP nº 102/09.

-Seguridad Aérea. Seguridad Aérea

El Derecho de la Unión Europea establece que, en caso de anulación de su vuelo, los pasajeros pueden recibir una compensación a tanto alzado de un importe comprendido entre 250 y 600 euros. En la sentencia Sturgeon,  el Tribunal de Justicia consideró que los pasajeros de vuelos retrasados pueden ser asimilados a los pasajeros de vuelos cancelados.El Tribunal de Justicia señaló, que si llegan a su destino final tres horas o más después de la hora de llegada prevista inicialmente, los pasajeros pueden solicitar una compensación a tanto alzado a la compañía aérea, siempre que el retraso no se deba a circunstancias extraordinarias.

¿Qué se entiende por circunstancias extraordinarias?

El retraso no da lugar a una compensación de los pasajeros si el transportista aéreo puede acreditar que el gran retraso se debe a circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado aunque se hubieran tomado todas las medidas razonables, es decir, circunstancias que escapan al control efectivo del transportista aéreo. 

Los artículos del Reglamento que regulan la cancelación, retraso y compensación, son el 5,6 y 7. El 8 regula el derecho al reembolso o a un transporte alternativo.

En concreto en el 7 se regula el derecho a compensación, que paso a transcribir:

Derecho a compensación:

1. Cuando se haga referencia al presente artículo, los pasajeros recibirán una compensación por valor de:

a) 250 euros para vuelos de hasta 1 500 kilómetros;
b) 400 euros para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1 500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1 500 y 3 500 kilómetros;
c) 600 euros para todos los vuelos no comprendidos en a) o b).

La distancia se determinará tomando como base el último destino al que el pasajero llegará con retraso en relación con la hora prevista debido a la denegación de embarque o a la cancelación.

2. En caso de que, con arreglo al artículo 8, se ofrezca a los pasajeros la posibilidad de ser conducidos hasta el destino final en un transporte alternativo con una diferencia en la hora de llegada respecto a la prevista para el vuelo inicialmente reservado:

a) que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1 500 kilómetros o menos, o
b) que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1 500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1 500 y 3 500 kilómetros, o
c) que no sea superior a cuatro horas, para todos los vuelos no comprendidos en a) o en b),

el transportista aéreo encargado de efectuar el vuelo podrá reducir en un 50 % la compensación prevista en el apartado 1.

3. La compensación a que hace referencia el apartado 1 se abonará en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.

4. Las distancias indicadas en los apartados 1 y 2 se calcularán en función del método de la ruta ortodrómica

Os dejo varios modelos de reclamaciones y el enlace a Seguridad Aérea,dónde podemos encontrar modelos oficiales y los pasos a seguir, en caso de que no recibamos respuesta de la compañía aérea.

Los pasos a seguir son:

  1. Reclamación a la compañía aérea correspondiente
  2. En caso de no recibir respuesta, o ésta no ser satisfactoria, reclamación ante AESA
  3. Acudir a la vía judicial, tribunales mercantiles, interponiendo un juicio verbal. Modelo juicio verbal.
Los modelos de reclamación ante la compañía aérea y AESA los podemos encontrar en los siguientes enlaces:

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